Bogotá fortaleció las capacidades del sector funerario en bioseguridad, higiene y gestión del riesgo
2026-10-21 09:53:13
Con el propósito de fortalecer los conocimientos y las prácticas relacionadas con la bioseguridad, la higiene y la prevención de riesgos ocupacionales, la Secretaría Distrital de Salud realizó el XI Encuentro de Bioseguridad e Higiene del sector funerario, Medicina Legal, morgues y anfiteatros de universidades.
El encuentro, liderado por la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública, a través de la línea de Calidad del Agua y Saneamiento Básico de Vigilancia de la Salud Ambiental, se desarrolló como un espacio de actualización e intercambio de conocimientos dirigido a quienes participan en las diferentes actividades relacionadas con la gestión integral del cadáver.
La jornada contó con la participación de profesionales de la Cruz Roja Colombiana, la Fundación Universitaria Juan N. Corpas, la Universidad de los Andes y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial, así como de la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública y Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. Durante el encuentro, los participantes compartieron conocimientos y experiencias sobre la gestión del cadáver, la salud pública y la prevención de riesgos ocupacionales.
A lo largo del encuentro se abordaron diferentes aspectos relacionados con la gestión del cadáver y la protección de las personas que intervienen en estos procesos. Entre ellos, se destacaron la protección de los vínculos familiares, la preservación cadavérica y sus riesgos, la atención humanitaria de la defunción, gestión adecuada de residuos peligrosos.
La agenda también permitió profundizar en la prevención y gestión estratégica de los riesgos ocupacionales asociados a las actividades del sector, así como en el uso adecuado de los elementos de protección personal durante los procesos de manejo de cadáveres. Además, se invitó a los asistentes a reflexionar sobre todos los riesgos y peligros a que se encuentran expuestos los trabajadores del sector y que puedan impactar sobre el buen desempeño de la organización.
Asimismo, la Secretaría Distrital de Salud abordó aspectos relacionados con el manejo digno y bioseguro del cadáver animal, con orientaciones sobre principios y buenas prácticas aplicables a los servicios funerarios para animales de compañía, una actividad que ha adquirido mayor relevancia dentro del sector.
Durante la apertura de la jornada, se destacó la importancia de continuar generando espacios de formación para los trabajadores, responsables y demás actores que intervienen en la gestión del cadáver, teniendo en cuenta los diferentes riesgos sanitarios y ocupacionales asociados a estas actividades.
La Secretaría Distrital de Salud resaltó también el valor de la articulación con instituciones académicas, entidades públicas y organizaciones especializadas, que aportan sus conocimientos y experiencias para fortalecer las capacidades de quienes desarrollan labores en establecimientos funerarios, morgues, anfiteatros y demás escenarios relacionados con la gestión del cadáver.
De esta manera, el XI Encuentro de Bioseguridad e Higiene se consolidó como un espacio para compartir conocimientos, actualizar prácticas y fortalecer la gestión integral del riesgo, contribuyendo a la protección de la salud pública y al desarrollo de procesos seguros y dignos en las diferentes etapas relacionadas con la gestión del cadáver en Bogotá.
Preguntas Frecuentes
La Secretaría Distrital de Salud expide el concepto sanitario cuando el establecimiento esté funcionando, por medio de las subredes integradas de servicios de salud (SISS), según la localidad donde esté ubicado. Para ello, debes realizar previamente la inscripción del establecimiento [Registra tu negocio aquí], luego, verificar que cumples con la norma [Verifica tu lista de chequeo] y finalmente, solicitar una visita de inspección, vigilancia y control [Solicita una visita] Como resultado de esta vigilancia, se emitirá un concepto sanitario al establecimiento, acorde con las condiciones sanitarias evidenciadas al momento de la visita.
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La normatividad sanitaria vigente aplicable para la preparación, expendio, almacenamiento y comercialización de alimentos corresponde a la Ley 9 de 1979, la Resolución 2674 de 2013 —específicamente en el capítulo VIII, referido a las condiciones sanitarias que deben cumplir los restaurantes y establecimientos gastronómicos—, la Resolución 5109 de 2005 y demás normas que rigen sobre la materia.
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Si tienes un restaurante, debes cumplir, entre otros, con los siguientes aspectos: documentación (en el establecimiento siempre deberán estar disponibles: el plan de saneamiento, el plan de capacitación continuo y permanente, la certificación médica del personal), buenas prácticas de manufactura, infraestructura adecuada (pisos construidos en material sanitario no poroso ni absorbente, de fácil lavado; paredes de tonos claros, con materiales impermeables; techos que eviten la acumulación de suciedad). Los equipos y utensilios deben estar fabricados con materiales que no contaminen los alimentos, con acabado liso y sin grietas.
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El manipulador de alimentos es toda persona que interviene directamente o en forma ocasional en actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte y expendio de alimentos. Debe tener formación en educación sanitaria.
Todo manipulador de alimentos debe pasar por un reconocimiento médico antes de desempeñar esta función o cada vez que se considere necesario por razones clínicas y epidemiológicas. Por lo menos una vez al año.
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Restaurantes 1A es un programa diseñado para que los restaurantes populares reciban una distinción (válida por un año). El enfoque en calidad e inocuidad de este programa busca brindar a la comunidad alimentos nutritivos, sanos y seguros, con lo cual se contribuye a la salud de la población. Para vincularte a este programa, puedes enviar la solicitud al correo: restaurantes1a@saludcapital.gov.co
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Los expendios de carnes—conocidos popularmente como carnicerías o famas—son todos los establecimientos que expenden, almacenan y comercializan carne y productos cárnicos comestibles para consumo humano. Algunos de los requisitos sanitarios que deben cumplir los establecimientos son: la carne y los productos cárnicos no deben estar expuestos al medio ambiente; deben contar con indicadores y sistema de registro de temperaturas, y con un sistema de refrigeración con la capacidad de almacenar el volumen de carne que comercializan.
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Los carros o vehículos que transporten carne o productos cárnicos comestibles deben estar autorizados por la Secretaría Distrital de Salud. Debe realizarse una inscripción [Registra tu vehículo] y, además, solicitar la autorización sanitaria [Solicítala aquí].
Todo vehículo debe cumplir con requisitos sanitarios. Para consultarlos, da clic en Más información.
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De acuerdo con la norma, una droguería debe cumplir, entre otros, con aspectos como instalaciones adecuadas, recurso humano, dotación. Además, debe contar con un sistema de gestión de calidad por procesos.
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Las peluquerías, salones de belleza o barberías deben cumplir, entre otros, con requisitos de documentación (diplomas de estudio de cada trabajador, certificación de capacitación en bioseguridad, protocolo/manual de bioseguridad, plan de gestión integral de residuos, así como manuales de instalación, funcionamiento y registro de mantenimiento periódico de equipos). En el establecimiento, los pisos, paredes, techos, escaleras, rampas y divisiones deben estar construidos o recubiertos con pinturas o materiales sanitarios de tonos claros. El mobiliario construido debe estar recubierto o tapizado en material sanitario.
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Para su correcto funcionamiento, los hogares geriátricos, gerontológicos y centros día deben cumplir con los siguientes requisitos: contar con profesionales de salud idóneos, calificados, preparados y amables para la atención de la persona mayor, lo cual se debe garantizar permanentemente en las instalaciones; garantizar una alimentación adecuada y saludable, acorde con las necesidades de salud de la persona institucionalizada; mantener buenas prácticas de manejo de alimentos, y contar con una infraestructura adecuada para su desplazamiento.
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Tips de autorregulación
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Recuerda: el registro o inscripción de establecimientos es obligatorio para todo tipo de negocio.
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El cumplimiento de los requisitos sanitarios vigentes brinda mayor confianza a tus clientes, lo cual lleva a un incremento en tus ingresos por los servicios brindados en el establecimiento.
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Si realizas la autoevaluación en el proceso de autorregulación, conocerás requisitos para el funcionamiento de los establecimientos y contribuirás para obtener concepto sanitario Favorable.
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Algunas de las normas que regulan el proceso de registro de establecimientos son: Resolución 1229 de 2013, Resolución 5194 de 2010, Resolución 2263 de 2004, Resolución 2016041871 de 2016.