6º Foro Distrital de Agua para Consumo Humano: Avances y Aplicaciones en la Gestión del Agua Potable

2025-09-30 20:11:50
6º Foro Distrital de Agua para Consumo Humano: Avances y Aplicaciones en la Gestión del Agua Potable

Expertos y profesionales del sector de agua potable se reunieron para discutir y compartir conocimientos sobre la gestión del agua potable en Bogotá.

La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá organizó con éxito el 6° Foro Distrital de Agua para Consumo Humano, que se llevó a cabo el pasado 26 de septiembre de 2025 en el Auditorio Antonio Nariño del Archivo Distrital de Bogotá. El evento reunió a expertos y profesionales del sector de agua potable para discutir y compartir conocimientos sobre la gestión del agua potable en la ciudad.

El objetivo del foro se centró en fortalecer e incentivar la gestión y las actividades de los intervinientes en la meta de garantizar el suministro de agua potable para el 100% de la población bogotana. Durante el evento, se presentaron diversas ponencias y se discutieron temas como la vigilancia de la calidad del agua, la gestión del riesgo sanitario y las nuevas tecnologías aplicadas al sector.

La Subdirectora de Vigilancia en Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, Dra. Diana Marcela Walteros Acero, destacó la importancia de garantizar el acceso a agua potable y segura para todos, lo cual es fundamental para la salud y el bienestar de la población.

En el marco del foro, se reconoció y valoró el esfuerzo de 26 sistemas de abastecimiento de agua que han logrado resultados óptimos en la calidad del agua suministrada a la población, así como al personal de estos sistemas, un total de 28 trabajadores que contribuyen a garantizar el acceso a agua potable y segura para la comunidad.

La Secretaría Distrital de Salud agradece a todos los participantes y expositores que contribuyeron al éxito del 6° Foro Distrital de Agua para Consumo Humano. Esperamos que los conocimientos y experiencias compartidas en este evento contribuyan a mejorar la calidad del agua y la salud de nuestra comunidad.


Preguntas Frecuentes

La Secretaría Distrital de Salud expide el concepto sanitario cuando el establecimiento esté funcionando, por medio de las subredes integradas de servicios de salud (SISS), según la localidad donde esté ubicado. Para ello, debes realizar previamente la inscripción del establecimiento [Registra tu negocio aquí], luego, verificar que cumples con la norma [Verifica tu lista de chequeo] y finalmente, solicitar una visita de inspección, vigilancia y control [Solicita una visita] Como resultado de esta vigilancia, se emitirá un concepto sanitario al establecimiento, acorde con las condiciones sanitarias evidenciadas al momento de la visita.
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La normatividad sanitaria vigente aplicable para la preparación, expendio, almacenamiento y comercialización de alimentos corresponde a la Ley 9 de 1979, la Resolución 2674 de 2013 —específicamente en el capítulo VIII, referido a las condiciones sanitarias que deben cumplir los restaurantes y establecimientos gastronómicos—, la Resolución 5109 de 2005 y demás normas que rigen sobre la materia.
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Si tienes un restaurante, debes cumplir, entre otros, con los siguientes aspectos: documentación (en el establecimiento siempre deberán estar disponibles: el plan de saneamiento, el plan de capacitación continuo y permanente, la certificación médica del personal), buenas prácticas de manufactura, infraestructura adecuada (pisos construidos en material sanitario no poroso ni absorbente, de fácil lavado; paredes de tonos claros, con materiales impermeables; techos que eviten la acumulación de suciedad). Los equipos y utensilios deben estar fabricados con materiales que no contaminen los alimentos, con acabado liso y sin grietas.
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El manipulador de alimentos es toda persona que interviene directamente o en forma ocasional en actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte y expendio de alimentos. Debe tener formación en educación sanitaria.
Todo manipulador de alimentos debe pasar por un reconocimiento médico antes de desempeñar esta función o cada vez que se considere necesario por razones clínicas y epidemiológicas. Por lo menos una vez al año.
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Restaurantes 1A es un programa diseñado para que los restaurantes populares reciban una distinción (válida por un año). El enfoque en calidad e inocuidad de este programa busca brindar a la comunidad alimentos nutritivos, sanos y seguros, con lo cual se contribuye a la salud de la población. Para vincularte a este programa, puedes enviar la solicitud al correo: restaurantes1a@saludcapital.gov.co
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Los expendios de carnes—conocidos popularmente como carnicerías o famas—son todos los establecimientos que expenden, almacenan y comercializan carne y productos cárnicos comestibles para consumo humano. Algunos de los requisitos sanitarios que deben cumplir los establecimientos son: la carne y los productos cárnicos no deben estar expuestos al medio ambiente; deben contar con indicadores y sistema de registro de temperaturas, y con un sistema de refrigeración con la capacidad de almacenar el volumen de carne que comercializan.
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Los carros o vehículos que transporten carne o productos cárnicos comestibles deben estar autorizados por la Secretaría Distrital de Salud. Debe realizarse una inscripción [Registra tu vehículo] y, además, solicitar la autorización sanitaria [Solicítala aquí].

Todo vehículo debe cumplir con requisitos sanitarios. Para consultarlos, da clic en Más información.
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De acuerdo con la norma, una droguería debe cumplir, entre otros, con aspectos como instalaciones adecuadas, recurso humano, dotación. Además, debe contar con un sistema de gestión de calidad por procesos.
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Las peluquerías, salones de belleza o barberías deben cumplir, entre otros, con requisitos de documentación (diplomas de estudio de cada trabajador, certificación de capacitación en bioseguridad, protocolo/manual de bioseguridad, plan de gestión integral de residuos, así como manuales de instalación, funcionamiento y registro de mantenimiento periódico de equipos). En el establecimiento, los pisos, paredes, techos, escaleras, rampas y divisiones deben estar construidos o recubiertos con pinturas o materiales sanitarios de tonos claros. El mobiliario construido debe estar recubierto o tapizado en material sanitario.
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Para su correcto funcionamiento, los hogares geriátricos, gerontológicos y centros día deben cumplir con los siguientes requisitos: contar con profesionales de salud idóneos, calificados, preparados y amables para la atención de la persona mayor, lo cual se debe garantizar permanentemente en las instalaciones; garantizar una alimentación adecuada y saludable, acorde con las necesidades de salud de la persona institucionalizada; mantener buenas prácticas de manejo de alimentos, y contar con una infraestructura adecuada para su desplazamiento.
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Tips de autorregulación

  • Recuerda: el registro o inscripción de establecimientos es obligatorio para todo tipo de negocio.

  • El cumplimiento de los requisitos sanitarios vigentes brinda mayor confianza a tus clientes, lo cual lleva a un incremento en tus ingresos por los servicios brindados en el establecimiento.

  • Si realizas la autoevaluación en el proceso de autorregulación, conocerás requisitos para el funcionamiento de los establecimientos y contribuirás para obtener concepto sanitario Favorable.

  • Algunas de las normas que regulan el proceso de registro de establecimientos son: Resolución 1229 de 2013, Resolución 5194 de 2010, Resolución 2263 de 2004, Resolución 2016041871 de 2016.